Informes Periciales Médicos

Accidentes de Tráfico

Sin duda, los accidentes de tráfico son gran parte de los informes que se solicitan por nuestros clientes. Estos informes vienen a solicitarse cuando, tras la reclamación a la Compañía del vehículo responsable,  esta realiza una oferta de indemnización con la que no se está conforme o bien decide que no tiene que indemnizar por las lesiones sufridas.

En estos casos , para poder reclamar la indemnización y conocer la cantidad que debe reclamarse, se solicita un informe por perito médico especialista en daño corporal que tenga conocimiento para valorar las lesiones, posibles secuelas, incapacidades, etc y evaluar las mismas económicamente.

Accidentes laborales

Cuando un trabajador sufre un accidente, para que éste tenga la consideración de accidente de trabajo tenga esta consideración es necesario que el trabajador/a sufra una lesión corporal  y que el accidente haya sido con ocasión o como consecuencia del trabajo, incluso aquellos accidentes que se producen yendo al trabajo o al volver del trabajo, el llamado Accidente «in itinere». 

Ya que como hemos visto la lesión por sí sóla no hace que estemos ante un accidene de trabajo, por que el perito médico realizará el estudio para determinar el origen de la lesión y si la misma está relacionada con el trabajo o por el contrario se trata de una lesión procedente de una dolencia ajena a éste. 

Accidentes en la Vía Pública

Puede ocurrir que el accidente se produzca por el deficiente estado de las calles, aceras, etc, y que como consecuencia de ello suframos una caída cusándonos una lesión. Esto nos daría derecho a reclamar una indemnización a la Administración Pública (ayuntamientos, diputaciones, etc).

Se trataría de una Responsabilidad Patrimonial de la Administración y para poder reclamar por la lesiones, daños y secuelas, en su caso, se hace necesaria la intervención de un perito médico para que valore el daño causado.

Tras la evalución del daño causado se elabora un informe pericial médico en el que se reflejan cuáles han sido las lesiones, los días que se ha estado de baja, posibles secuelas, incapacidades en su caso.

Este informe servirá para poder cuantificar la cantidad a reclamar a la Administración por esos daños sufridos.

Polízas de Seguros

Si tiene contratado un seguro de accidentes y sufre cualquier tipo de accidente (incluso de tráfico, porque no son incompatibles)  y no ha recibido la cantidad que piensa que le corresponde por su póliza de seguros contratada, tiene derecho a reclamar en base a las patologías cubiertas por su póliza y recogidas en su baremo.

Para ello debes realizar una reclamación a tu compañía de seguros y debe ir acompañada lógicamente de un Informe Médico Pericial que valore estas patologías no reconocida o por las que se ofrece el abono de cantidd inferior a la reconocida en la póliza.

Este tipo de seguros puede cubrir la Incapacidad laboral por lo que informe pericial médico puede ser crucial para el reconocimiento del pago de las cobertura de la póliza.

Nosotros ayudamos a que se reconozcan ss derechos y pueda cobrar aquello que le pertenece.

Incapacidades Laborales

Cuando una persona padece una enfermedad física o psíquica, y a pesar del tratamiento que ha recibido, se encuentra impedido en el desarrollo de su actividad laboral de forma permanente, en estos casos habría que estudiar la posibilidad de solicitar una incapacidad laboral, 

Para que sea reconocida deben cumplirse una serie de requisitos  como no haber alcanzado la edad de jubilación, estar dado de alta en la Seguridad Social, periodo de cotización mínimo dependiendo del tipo de incapacidad.

Existen distintos tipos de incapacidad permanente. De menor a mayor gravedad son: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Para determinar el grado de incapacidad es necesario elaborar un informe por perito médico en el que se detemine si la incapacidad producida debe ser considerada de una forma u otra sgúen si las limitaciones para la tareas profesionales son definiitivas y totales o no para poder continuar ejerciendo su profesión .

Así, cuando la person termina limitada para su profesión pero puede continuar ejerciéndola estamosn ante una incapacidad permanente parcial. Cuando la persona no puede continuar realizando su trabajo habitual estaríamos ante una incapacidad permanente total: significa, absoluta cuando no puede realizan ningún tipo de trabajo., y finalmente, gran invalidez cuando el trabajador además de no poder desarrollar ninguna profesión, necesita de una tercera persona para realizar los actos más elementales de la vida diaria.

Negligencia Médica o Mala Práxis Médica

Si piensa que has sido víctima de una negligencia nosotros estudiamos su caso para valorarlo. Debe tener en cuenta que, para entender que existe una negligencia o mala práxis médica, debe partirse de que no se hayan seguido los protocolos médicos exigibles causando daños físicos y/o morales para el paciente.

Cuando un profesional no actúa con la diligencia exigida y no respeta la Lex Artis Médica (conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente para el ejercicio adecuado de la profesión) y su actuación produce una lesión o incluso la muerte, puede haber incurrido en una negligencia médica.

Es por lo que estas situaciones pueden conducir a posibles reclamaciones en muchas situaciones, para ello es conveniente ir bien asesorado por un perito médico que estudie su caso y que, finalmente, pueda realizar una informe pericial médico para defender en juicio en caso de que sea necesario. 

Especial reclamaciones por Coronavirus, Covid -19

Caso particular sobre el CORONAVIRUS

¿Es negligencia la falta de material de protección frente a la infección de Covid19? ¿Y proporcionar un material deficiente para su protección?

¿Es negligencia la denegación de la baja laboral a pacientes con factores de riesgo que hayan resultado perjudicados a consecuencia de dicha denegación?

¿Es negligencia que pacientes con patologías crónicas graves no hayan recibido durante la pandemia la adecuada atención médica y sufran una evolución negativa de su enfermedad, como puede suceder con casos oncológicos, neurológicos, cardiológicos, etc?

Todas estas preguntas podrán responderse con un informe pericial médico en el que se valoren todas las circunstancias que dieron lugar a los contagios, enfermedad e incluso muertes.

Igualmente,  nosotros como peritos médicos estudiaremos las consecuencias que ha podido tener esta falta de protección del personal sanitario cuando queda reflejado su necesidad en los protocolos del propio Ministerio de Sanidad. 

Reconocimiento de Discapacidad

Dicapacidad (antes conocida como minusvalía)

Es la consecuencia de una deficiencia física, psíquica o sensorial de una persona. No tiene por qué ser  coincidente con una incapacidad. Para obtener el certificado de discapacidad, es necesario iniciar un procedimiento administrativo que conlleva una valoración médica, social y psicológica de aspectos como la edad, el entorno familiar, la situación laboral y profesional, niveles educativos y culturales, así como el entorno habitual de la persona con discapacidad. Se considera minusválido toda persona que tiene un 33% o más de menoscabo global  (de disminución física, psíquica o sensorial).

La competencia para declarar un Certificado de Discapacidad la tienen los Servicios Sociales, Bienestar o Familia, de la Comunidad Autónoma donde resida. En caso de contar con un perito médico éste realiza la valoración documental médica, solicitando o no la ampliación de cuantas pruebas sean necesarias para valorar y/o ampliar la capacidad funcional de los órganos y aparatos del organismo. Debe padecer alguna de las deficiencias marcadas en la normativa vigente y estar integradas en las tablas del baremo.

Una persona con minusvalía tiene ventajas fiscales, medidas de fomento para su contratación, medidas de reserva de puestos de trabajo y otras ayudas que se establecen en la legislación vigente en cada momento.